Aunque los padres están obligados moral y legalmente a suplir a sus hijos alimentación, educación y otras necesidades, algunos de ellos, principalmente hombres que no conviven con la madre del menor, incumplen con la manutención de sus vástagos. Con ello, no solamente violan uno de los derechos fundamentales de los menores, como lo constituye la alimentación, sino también la ley 136-03 o Código de Menor, que establece sanciones para esta falta.Ante el incumplimiento de esa responsabilidad, los padres son demandados judicialmente, provocando que los tribunales les impongan una pensión alimentaria.En los últimos tres años, el ministerio público ante los juzgados de paz del país ha recibido alrededor de 44 mil denuncias por negación de manutención de sus hijos menores, la mayoría sometidas contra el padre.La magistrada Marisol Tobal, procuradora de Niños, Niñas y Adolescentes, precisó que cada año son presentadas un promedio de 14,766 querellas.Entre un 47 y un 49 por ciento de los cas…